LA RESTRICCIÓN DE LAS SOCIEDADES 1429 A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017
No solo la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 (reforma tributaria) elimina la posibilidad de creación de sociedades bajo el esquema de nueva pequeña empresa impidiéndoles acceder al beneficio tributario, sino que además crea una prohibición para aquellas que en su mayor parte fueron creadas con premura a finales de 2016 con la finalidad de ser usadas para optimización tributaria a partir del año 2017.
DECLARACIÓN POR CAMBIO EN LA TITULARIDAD DE INVERSIÓN EXTRANJERA PARA ENTIDADES O PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA
Esta obligación aplica a todas las personas jurídicas o persona natural extranjera sin domicilio en Colombia que tenga una inversión en el territorio nacional y que al momento de enajenar esta inversión se encuentra obligado a cumplir con las obligaciones tributarias, principalmente declaración de renta que permita demostrar el ingreso obtenido producto de dicha venta.
Estas personas deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su apoderado, en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la DIAN que corresponda a la dirección de este o su apoderado, declaración que anteriormente solo podía ser presentada de manera litográfica, por lo tanto, dicho representante o apoderado estaría obligado a contar con el mecanismo digital. Esta obligación entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2017.