REGISTRO DE ACCIONISTAS Y BENEFICIARIO FINAL EN SOCIEDADES COSTARRICENSES
Actualmente cursa en Costa Rica un proyecto de Ley según el cual se obligaría al registro de los accionistas y beneficiarios finales de las sociedades con domicilio en dicho país, incluso si no son generadoras de renta en dicho domicilio.
Según el texto del proyecto de Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, el custodio de la información y guarda de los servidores informáticos, será el Banco Central de Costa Rica (BCCR). Sin embargo, el acceso a la información sólo la tendrán los funcionarios de Tributación y los del ICD (Instituto de Control de Drogas), información de registro que será electrónica.
LO QUE NO PROMETIÓ LA NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA
Tras el inicio de los vencimientos de las declaraciones de renta de personas naturales, muchos de aquellos que decidieron tomar el “beneficio” otorgado por el impuesto de normalización tributaria, han visto reflejado en su patrimonio el incremento de la inclusión de dichos activos.
Para algunos esta esta puede ser una onerosa consecuencia de la normalización, sin embargo, es totalmente previsible y entendible por aquellos que se han acogido a la normalización tributaria.
Pero aparte de este incremento patrimonial, son muchos los efectos colaterales del impuesto de normalización tributaria que vale la pena analizar cuando dichos activos se encuentran en el exterior.