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Boletín Tellus

  • 14
  • Jan
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DECLARACIÓN POR CAMBIO EN LA TITULARIDAD DE INVERSIÓN EXTRANJERA PARA ENTIDADES O PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA

Esta obligación aplica a todas las personas jurídicas o persona natural extranjera sin domicilio en Colombia que tenga una inversión en el territorio nacional y que al momento de enajenar esta inversión se encuentra obligado a cumplir con las obligaciones tributarias, principalmente declaración de renta que permita demostrar el ingreso obtenido producto de dicha venta.

Estas personas deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su apoderado, en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la DIAN que corresponda a la dirección de este o su apoderado, declaración que anteriormente solo podía ser presentada de manera litográfica, por lo tanto, dicho representante o apoderado estaría obligado a contar con el mecanismo digital. Esta obligación entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2017.

 

  • 30
  • Nov
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DECLARACIÓN POR CAMBIO EN LA TITULARIDAD DE INVERSIÓN EXTRANJERA PARA ENTIDADES O PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA

Esta obligación aplica a todas las personas jurídicas o persona natural extranjera sin domicilio en Colombia que tenga una inversión en el territorio nacional y que al momento de enajenar esta inversión se encuentra obligado a cumplir con las obligaciones tributarias, principalmente declaración de renta que permita demostrar el ingreso obtenido producto de dicha venta.

Estas personas deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su apoderado, en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la DIAN que corresponda a la dirección de este o su apoderado, declaración que anteriormente solo podía ser presentada de manera litográfica, por lo tanto, dicho representante o apoderado estaría obligado a contar con el mecanismo digital. Esta obligación entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2017.

 

  • 31
  • Oct
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NUEVAS FECHAS LÍMITE PARA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

 Ante las dificultades en el cumplimiento de la inscripción en el registro nacional de bases de datos, ha sido ampliado el plazo para cumplir con dicha obligación mediante el Decreto 1759 del 8 de noviembre de 2016, el cual plantea 3 plazos diferentes dependiendo de la naturaleza de la base de datos: 

 

a) Responsables del tratamiento personas jurídicas privadas inscritas en cámara de comercio y sociedades de economía mixta:
Deberán realizar la referida inscripción en el registro nacional de bases de datos, a más tardar, el 30 de junio del 2017, de acuerdo con las instrucciones que para el efecto imparta la Superintendencia de industria y comercio.

  • 04
  • Oct
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FIN DE LA NUEVA PEQUEÑA EMPRESA BENEFICIARIA DE LA LEY 1429 DE 2010 COMO LA CONOCEMOS

Muchos serán los cambios que introduce la reforma tributaria para los beneficiarios de la Ley 1429 de 2010 que generaba enormes beneficios para la creación de nuevas pequeñas empresas, beneficio que será derogado de manera expresa al ser aprobado el actual proyecto de reforma tributaria.


QUIÉNES CONSERVAN EL BENEFICIO

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que hayan accedido al tratamiento previsto en la Ley 1429 de 2010 a la fecha de entrada en vigencia de esta la reforma tributaria (es decir, año gravable 2017) deberán liquidar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios a la tarifa del 9% durante el tiempo por el cual fue concedido dicho tratamiento.

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