
A continuación, los principales cambios que las sociedades deben tener en el radar desde enero de 2026.
1) El nuevo valor de la UVT 2026 y su efecto dominó en obligaciones y sanciones
Desde el año fiscal 2026 rige un nuevo valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT). Esto puede parecer un dato contable más, pero en realidad es una ficha clave del sistema: una parte enorme de los topes, umbrales, sanciones, bases mínimas y referencias del Estatuto Tributario se parametriza con UVT.
¿Qué significa para una sociedad en términos reales? Que en enero normalmente se deben hacer ajustes inmediatos en:
- parametrización de software contable y tributario,
- matrices internas de cumplimiento,
- validación de topes y obligaciones que dependen de umbrales,
- cálculo de sanciones o cuantías referenciadas.
Aunque la UVT es un concepto tributario, su impacto termina “tocando” la operación societaria porque incide en presupuestos, riesgos y decisiones de formalización (por ejemplo, obligaciones que dependen de topes).
2) RUT e “inactividad tributaria”: la DIAN activa la cancelación de oficio desde el 1.º de enero de 2026
Este es, para muchas compañías, el cambio más sensible por el riesgo operativo que conlleva.
Desde enero de 2026 la DIAN aplica un procedimiento para cancelar de oficio el RUT de personas jurídicas que caigan en condiciones de inactividad tributaria, bajo causales y verificaciones definidas por la administración. Esto no equivale a una “disolución” societaria (no desaparece la sociedad como tal), pero sí puede generar problemas serios: trámites bloqueados, dificultades con terceros, demoras bancarias, contratación, facturación y, en general, fricción operacional.
La idea de fondo es clara: la DIAN busca depurar registros que permanecen “vivos” en papel, pero sin comportamiento tributario observable durante largos periodos. Para evitar sorpresas, en enero de 2026 conviene que las sociedades revisen:
- si el RUT ha tenido actualizaciones cuando corresponde,
- si hay declaraciones pendientes o periodos sin presentar,
- si existen obligaciones o pagos que evidencien actividad,
- y si los datos del registro están alineados con la realidad de la empresa.
La recomendación práctica es simple: no dejen el RUT en piloto automático. Un RUT desactualizado o una empresa “dormida” sin cumplimiento mínimo puede escalar a una contingencia administrativa.
3) Impuesto de timbre: se cierra el régimen temporal del 1% y vuelve el escenario ordinario desde 2026
Durante 2025 existió un esquema temporal que reactivó o modificó el impuesto de timbre en determinados supuestos. Ese régimen fue transitorio y su vigencia estuvo acotada hasta el 31 de diciembre de 2025. ¿Qué pasa entonces desde enero de 2026? Que, al cesar esa temporalidad, se retorna al tratamiento ordinario, y en muchos casos esto implica volver a un escenario de tarifa 0% como regla en los eventos que venían operando así.
¿Dónde se vuelve importante este punto para sociedades? En la práctica contractual:
- documentos firmados a finales de 2025 con ejecuciones o pagos en 2026,
- contratos con desembolsos escalonados,
- actos o documentos que se “perfeccionan” en 2026 aunque se negocien desde 2025,
- y revisiones internas de plantillas y cláusulas asociadas a impuestos y gastos.
En enero de 2026, la tarea recomendada es revisar el inventario de contratos en transición 2025–2026, y confirmar si se causó timbre en 2025 o si corresponde el tratamiento ordinario en 2026 según la naturaleza del documento y su momento de exigibilidad.
4) Costos y trámites: ajustes que inciden en marcas, patentes y registros
Para algunas sociedades, enero no sólo cambia obligaciones; también cambia tarifas y costos.
a) Propiedad industrial ante la SIC: nuevas tasas para 2026
Si la empresa tramita marcas, renovaciones, oposiciones, patentes o diseños industriales, la Superintendencia de Industria y Comercio actualiza tasas aplicables desde el 1.º de enero de 2026. En sectores intensivos en propiedad intelectual (legaltech, farmacéutico, moda, alimentos, tecnología, franquicias), este ajuste pega directamente el presupuesto anual de protección de activos intangibles.
b) Renovaciones en RUES para organizaciones específicas
Aunque no es el caso típico de una sociedad comercial tradicional, hay reglas que desde enero de 2026 afectan tarifas de renovación en el registro para asociaciones campesinas o agropecuarias inscritas. Si la sociedad interactúa con este tipo de organizaciones (alianzas, encadenamientos productivos, contratación, proyectos), es útil saber que ciertos costos de renovación pueden variar desde 2026.